Hacienda – Agencia Tributaria Española está comenzando a investigar los ingresos provenientes de publicidad en webs.
Hace menos de una semana saltaban las alarmas en la comunidad sobre si realmente Hacienda estaba investigando los ingresos provenientes de publicidad en webs que utilizaban banners de Adsense o la Red Display de Google. El rumor lo confirmamos al comenza a leer algunas de estas cartas que llegaron a los lectores de este portal.
Esta noticia tiene “asustados” a muchos pequeños webmaster que sin ser profesionales de la publicidad y el marketing digital obtienen unos ingresos por publicidad en sus webs. Los ingresos provenientes de Google Adsense, la Red Display así como otras empresas de publicidad online que paga por trafico y click suelen ser pequeños y se utilizan muchas veces con el único fin de ir costeando los gastos de implementación que conllevan las web en tecnologías, servidores y dominios. En otro casos son ingresos marginales o no constantes que no permiten al webmaster obtener lo suficiente y que opta de forma errónea (lo vemos después) por no declarar los ingresos provenientes de la publicidad online.
¿Hay que declarar Adsense en España? – Si.
Legalmente debemos indicar todas las facturas de ingresos en cuenta y declarar los ingresos y ganancias de las webs ventas online, publicidad y afiliación.
¿Tiene Hacienda o la Agencia Tributaria un método para descubrir a quienes no hacen las declaraciones de ingresos online?
Buscando por la Hemeroteca, CincoDias ya informaba de que la Agencia Tributaria comenzó haciendo pilotos e investigando anuncios públicasdos en las webs de Idealista o Airbnb para aquellos que alquilaban su piso sin declararlo a Hacienda. Hacienda detecta a quien alquila pisos en portales de Internet (Cincodías . com). Esta notica está en la Línea de los comunicados realizados por el Director de Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria el señor Rufino de la Rosa durante la rueda de prensa ofrecida para presentar la Campaña de IRPF de 2015. (EFE) quien dijo:
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«De acuerdo con los datos de que dispone la AEAT usted ha realizado anuncios de alquiler de inmuebles en diferentes medios publicitarios, incluido Internet. Le recordamos que, en caso de haber recibido rentas por alquiler, deben incluirse en la declaración, así como cualquier tipo de renta por la que deba tributar y no conste en los datos fiscales».
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Este es el mensaje que, a partir de este año, recibirán los contribuyentes que entran en Renta Web para su declaración y que hayan utilizado con anterioridad uno de los servicios de alquiler de pisos vía Internet.
Pero… ¿Se está investigando la no declaración de los ingresos de Adsense a Hacienda?
Algunos webmaster parecen haber recibido en 2016 una Carta de la Agencia Tributaria Española en la que se indica expresamente que conocen de la existencia de percepciones de ingresos por publicidad en Internet durante los cuatro años anteriores. Estos 4 años son el plazo máximo por el que Hacienda o la Agencia Tributaria puede reclamar las ganancias no declaradas de Adsense o cualquier otro ingreso del tipo que sea. Es decir, te pregunta por todo lo que pueden reclamar y que no puedes recurrir como empresario. La Carta de Hacienda enviada sobre el cobro de publicidad en webs y blogs parece estar llegando sobre todo a los que usan los programas de publicidad de la RedDisplay de Google y más concretamente los ingresos publicitarios de Adsense parecen ser la pauta común en los envíos de cartas que las Agencia Tributaria está realizando.
¿Es un buen sistema el que tiene la Agencia Tributaria para detectar las infracciones por no declaración de ingresos de publicidad online?
Por lo que hemos visto y en base a ese mismo comunicado con más de un año pensamos que no. El hecho de que el sistema de detección de infracciones no se haga público quiere decir según entendemos que tiene múltiples carencias de funcionamiento, ya que de lo contrario se explicaría su funcionamiento. Esto no quiere decir que la Agencia Tributaria no sea capaz de detectar a los infractores de publicidad que no declaran sus ingresos de forma online, sino que al menos por el momento no es un sistema informatizado. Lo que no quiere decir que no pueda serlo más adelante o que no se estén dando pasos en este sentido. Lo que sí podemos entender, es que si bien en ese comunicado se indica que no se están obteniendo expresamente los datos de ambas webs Google y PayPal, tampoco se podría entender que están creando un sistema para detectar esas infracciones porque se citaría tal listado. Es por esto y la siguiente cita que entendemos que a día de hoy no existe una lista y que se funciona de modo semimanual y posiblemente con solo un especialista al frente,( aunque esto ya es mucho suponer). Citaba así: «No es la primera vez que incorporamos mensajes de este tipo», aseguró De la Rosa. «Ya en la campaña Renta 2013 avisábamos a los perceptores de pensiones en el extranjero. De lo que se trata es buscar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y estimular al contribuyente a adaptar su comportamiento a los datos de los que dispone la Agencia Tributaria», señaló. «De acuerdo con los datos de que dispone la Agencia Tributaria, usted ha realizado anuncios de alquiler de inmuebles en diferentes medios publicitarios, incluido Internet. Le recordamos que, en caso de haber percibido rentas por alquiler, deben incluirse en la declaración, así como cualquier tipo de renta por la que deba tributar y no conste en los datos fiscales».
¿Cómo averigua la Agencia tributaria los ingresos web percibidos por actividades profesionales?
Hacienda ha conseguido crear un pequeño sistema para detectar profesionales de Internet que operan de distintas forma ya sea vendiendo productos en plataformas de terceros o obteniendo ingresos por publicidad. Lo importante es que Hacienda ha conseguido crear un mecanismo para detectar las cantidades percibidas y no declaradas por los blogueros y webmaster y por lo tanto es capaz de saber que estos no se han declarado en las Declaraciones de la Renta. Por lo que parece, es algo muy básico pero nos hace pensar que van a venir nuevos aires en las inspecciones.
¿Un nuevo criterio en la Agencia Tributaria Española para detectar ingresos de publicidad no declarados en Internet?
Si Google hace los pagos desde Irlanda y empresas como PayPal desde Luxemburgo.¿Estamos ante un nuevo protocolo de colaboración entre administraciónes europeas para detectar los ingresos provenientes de Internet?¿Está Google España o Google Irlanda colaborando con la Hacienda Española y enviando números de cuenta de sus usuarios?
En principio no debería ser necesario, ya que Google hace los ingresos a las cuentas bancarias y Hacienda tiene acceso a estos datos.Para Hacienda es mucho más sencillo investigar los saldos en cuentas corrientes que pedir Datos a Google Irlanda por las declaraciones de ingresos no realizadas provenientes de los ingresos publicitarios.Si bien, quien sabe lo que pueda pasar en el futuro ya que el Gigante Google es una de las empresas que es continuamente investigada por usar paraísos fiscales para ocultar el circuito de beneficios.
¿PayPal colabora con Hacienda para los ingresos no declarados?
Tradicionalmente la plataforma PayPal no ha sido muy exigente en la comprobación de los datos e ingresos de los usuarios hasta llegar a las cantidades cercanas a las establecidas en las Leyes de prevención de blanqueo de capitales y de prevención de los delitos de terrorismo y sus formas de financiación. Algunos usuarios de PayPal indican que cuando se llega a esta cantidad la plataforma de pagos solicita los datos personales del dueño de la cuenta y bloquea la cuenta y que al recibir estos datos personales desbloquea la cuenta y pasa esos datos a las Haciendas Europeas y en concreto a la Hacienda Española. Es también un número bastante grande de profesionales de Internet que operan con varias cuentas falsas de PayPal para evitar que PayPal les pida la verificación de documentación al llegar al máximo permitido.
¿Hacienda investiga los ingresos provenientes de PayPal?
Una de las teorías es que PayPal está suministrando datos de usuarios a la Hacienda Española ya que los ingresos en cualquier de sus formas sean de Google, ventas ecommerce o paypal deben aparecer en la Declaración de la renta.
¿Por qué se envía una Carta sobre que Hacienda investiga el Cobro de publicidad en webs y portales de Internet?
Qué técnica está usando Hacienda para dar con las webs es un hecho que desconocemos, pero hay bastantes mecanismos y todos muy sencillos para el que sepa un poco de código. La pregunta es, si esa información la ha sumistridado Google o las pasarelas de pago. Por ejemplo:
La Carta de ingresos publicitarios no declarados en los últimos cuatro años fiscales
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La Carta de Hacienda por ingresos web de publicidad no contiene ninguna cifra de la cantidad no declarada trimestral o anualmente.
- La carta de la Agencia tributaria sobre ingresos publicitarios es una invitación a ponerse al día en las Declaraciones trimestrales y en la Declaración anual de la Renta.
Al final lo que puede estar sucediendo, es que Hacienda esté intentando crear una lista negra o voluntaria de profesionales de Internet, ya que todo lo que pasa por el Banco es detectado por la Agencia Tributaria. Hacienda no tiene los medios humanos necesarios para controlar todos los intercambios comerciales digitales en distintos países.Sí los usuarios declaran sus ingresos de forma voluntaria Hacienda consigue hacerse rápidamente y sin esfuerzo un listado de profesionales que no declaran sus ingresos a Adsense.Esto no quiere decir que por el hecho de no declarar nos vamos a salvar.
Cartas masivas de Hacienda por no declarar los ingresos de Adsense o publicidad online
Quizás por ello hablamos de cartas masivas de Hacienda a profesionales de Internet. Llegamos a esta conclusión porque en las cartas en ningún momento se identifican las webs y cantidades, sino que solo se habla de que creen que se están obteniendo ingresos por publicidad online y no se están declarando.
Se está ofreciendo adherirse a un listado de webmaster en Hacienda y al pago voluntario de lo no declarado antes de que se abra un expediente.
En cuyo caso además de los retrasos por no hacer el pago voluntario nos podríamos enfrentar a sanciones por no declarar ingresos a la Agencia Tributaria Española. Este sistema es mucho más cómodo que hacer un requerimiento por ejemplo a las autoridades irlandesas para que investiguen a Google y los datos de sus clientes y se los envíen a España. El problema además es que los webmaster obtienen ingresos de muy diversas formas y no siempre de Google, ( ¡Qué por cierto es de los que peor pagan el trafico !, pero lo bueno es que siempre paga y no como otras.
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Junio de 2016
Estimada/o contribuyente: El objeto de esta comunicación es infórmale que de acuerdo con la información disponible en la Agencia de Administración tributaria, usted ha percibido cantidades por publicidad alojada en páginas web, durante los años 2011 a 2014. De acuerdo con la normativo del Impuesto sobre la Renda de las Personas Físicas dichos rendimientos nos e consideran exentos y deben tributar como rendimiento de una actividad económica. Por este motivo le recordamos que si no ha declarado dichos rendimientos debe hacerlo presentado la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o la declaración complementaria de los ejercicios en los que haya percibido. Para cualquier duda que tenga sobre el contenido de esta carta puede llamar al teléfono de información tributaria 901 33 55 33.
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¿Tiene que estar certificada la Carta de Hacienda?
Hacienda envía cartas certificadas en el caso de abrir expedientes y procedimientos. Pero el hecho de no recibir una carta certificada de la Agencia Tributaria no quiere decir que no se nos pueda abrir un expediente en el futuro.
¿Cómo declarar los pequeños ingresos de Adsense?
Muchos pequeños blogueros están asustados.
¿Hay que ser autónomo para usar Adsense y tener un blog?
Depende,
El Gobierno Español y el Legislativo no se preocupan por aclarar los mínimos para darse de alta en la Seguridad Social como freelancer y solo se tiene como referencia algunas sentencias del Tribunal Supremo en la materia.Todo esto produce una increíble inseguridad jurídica en muchos pequeños blogueros que apenas alcanzan si quiera para pagar una Asesoría contable básica. Al final lo que sucede es que no saben que independientemente de la Seguridad Social todos los españoles están obligados a declarar todos los ingresos obtenidos sean o no de Internet aunque sean 0’01€ mensuales de Adsense.
La cuota de autónomos cercana a los 350€ mensuales hace que muchos de ellos no declaren ingresos de Adsense y otras plataformas publicitarias con las que obtienen ingresos mensuales de entre 30€-600€ mensuales estando la medía de ingresos de la mayoría de los blog en unos 100€-200€ el rendimiento medio de la mayoría de blog que usan Adsense y sin contar las horas de trabajo dedicadas.
Tradicionalmente existía la «leyenda» en Internet de que Hacienda solo investigaba los ingresos de publicidad de webs cuando estos superaban los 3000€ con un solo pagador. Qué decimos leyenda, porque algo tiene de cierto, pero no es más que un bulo.
Esto es, los 3000€ pueden constituir unos de los criterios de trabajo en la Agencia Tributaria, pero que en ningún caso es una Ley o norma sobre la que podamos tener ninguna certeza o seguridad jurídica para no declarar los ingresos de Adsense provenientes de nuestras webs. El miedo se está apoderando de los pequeños webmaster que no saben muy bien cómo proceder y si están obligados a declarar los ingresos por publicidad web.
¿Cómo se declaran los ingresos de Adsense a Hacienda?
Para declarar los ingresos de Adsense a Hacienda se hace como cualquier otra empresa. Con la peculiaridad de que tendrás que usar el modelo 036 (Alta IAE) ya que Google paga desde Irlanda. Cada tres meses presentas tus impuestos con tu certificado digital obtenido de la FNMT y a final de año haces tú declaración de la renta y simplemente vas indicando todos tus ingresos y gastos. Si declaras fuera de tiempo tienes que hacer igualmente los pagos con sus respectivos recargos o jugártele a que te abran un expediente que se notificarán con una carta certificada.
“se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo.”
La Habitualidad en el mundo online depende de numerosos factores, siendo más claro el criterio de que al menos hay que llegar al salario mínimo para pagar la Seguridad Social y hacerlo de forma sostenida en el tiempo. Aunque esto no tiene por qué ser así necesariamente en todos los proyectos.
Datos para darse de alta correctramente como profesional de la Publicidad:
Alta en el IAE: Epígrafe 844 publicidad y Epígrafe 769.9 Servicios de la sociedad de la información o los normales si tenéis ecommerce. Trimestralmente el modelo 303 y anualmente el modelo 390 y de otra los respectivos de IRPF, Declaraciones con terceros y la labor de contabilidad y documentación de facturas.
Muchas gracias, información muy detallada