[Actualizado en 2019]
¿Cuales son las Diferencias entre Derechos Industriales e Intelectuales?
Abogado especialista en Propiedad Intelectual e Industrial
Hemos decidido crear este post porque es frecuente confundir estos dos tipos de derechos. La finalidad de post es intentar explicar los conceptos de Derecho Industrial y sus diferencias frente a los Derechos Intelectuales sin entrar en tecnicismos introduciendo a los lectores en los conceptos básico imprescindibles para proteger su trabajo intangible en Internet. Igual no es el más completo de la red pero esperamos que sea sencillo.
En cierta manera es comprensible que muchos emprendedores no tengan claro las diferencias entre derechos industriales e intelectuales. Uno no se levanta por la mañana pensando en que va a patentar, por otro lado sus altos precios hacen que sea una herramienta poco accesible a las personas más corrientes.
En nuestro día a día estar en una categoría u otra cambia muchísimo, más aún cuando no se registran ya que la notoriedad o forma de uso afecta al derecho adquirido. Tenerlo claro es muy útil, sobre todo porque es realmente económico proteger unas y otras.
Lo primero es que los intangibles de la empresa son esas cosas que no se comen, pero que tantas horas de escritorio y trabajo conllevan. Los intangibles pueden ser «propiedad intelectual o industrial o una mierda “pinxa” en un palo». Lo que importa, son aquellos que merece la pena proteger porque aportan valor al negocio.
Por lo tanto dentro de los intangibles tenemos cualquier idea, creación o concepto que a pesar de no tener forma física tiene un valor económico susceptible de explotarse y de producir beneficio. Cómo te podrá imagina una idea y una mierda “pinxa” en un palo son la misma cosa. Una idea no vale nada sino está plasmada en un concepto o un proyecto concreto.
Simplificando mucho los conceptos, el Derecho Industrial está enfocado a la empresa y el Derecho de Autoría a cualquiera. Esa es la principal Diferencia entre los Derechos Industriales e Intelectuales. Ahora bien esto no siempre es así, los matices son muchos en los algo más de 100 años que se definieron estos conceptos.
El Derecho de Autor es de reconocimiento mundíal. Los países que firmaron los Tratados Internaciónales de Autoría son la inmensa mayoría de países del mundo. Si miramos la historia, hace 100 años la industria era más bien naciónal o regional en su modalidad más sencilla, y muy proteccionista por lo que no tenía mucho sentido una estrategia de protección internaciónal, sin embargo las Guerras del Siglo XX nos demostraron la realidad del imperialismo económico capitalista. Los estados tienen poco poder y las empresas campan sin límites. En cualquier momento alguien puede copiarnos e incluso aprovecharse de la ventaja de una marca sin registrar. Sea como fuere, lo que ha venido ocurriendo es que se ha venido facilitando el Proceso de Registro de la Propiedad Industrial. A día de hoy tener una protección industrial en todo el mundo solo es cuestión de marcar todas las casillas y pagar el gran desembolso económico que supone.
Los Derechos Industriales e Intelectuales son dos grupos bien distintos en lo normativo, aunque en la práctica se mezclan. Por ejemplo, si miramos un ordenador, este tiene un envoltorio con un diseño (Autoría), pero la manzana es una marca ( Apple), y el hardware y el software tienen chips y programas patentados y a la vez autorías, marcas…Todo se mezcla, por lo que conviene tener claro algunas diferencias en cuanto a los intangibles sobre todo si trabajamos en Internet
- Es lo mismo Derecho Industrial que Derechos Industriales, Derechos de Industria, Derecho de Patentes o Derecho de Marcas en la jerga díaria. Todos son las mismas cosas en el sentido de que aun teniendo subtipos tienen leyes comunes para su regulación para regular «Lo que no se puede tocar en una empresa».
- En el otro grupo están los Derechos intelectuales o Derechos de Autor, Derechos de las creaciones Intelectuales o Derechos de los Creadores que son igualmente el mismo collar. Distintas formas de llamarlo pero que corresponden normalmente a los derechos creativos de las personas [No empresas] y que tienen un componente moral o de reconocimiento del prestigio artístico.
¿Qué es un derecho de autor o derecho de propiedad intelectual?
Lo primero, es saber que es una empresa y que lo diferencia de un autor. Dependiendo del país las líneas entre conceptos y proyectos son bastantes difusas y pueden llevar a que lo que es industrial en un estado sea intelectual en otro.
Nos encontramos personas que quieren patentar un libro 100% y nos dicen que si no es posible es porque no sabemos. Te dicen «Quiero patentar mi dominio» o «¿Cómo puedo patentar mi web?» «¿Cómo se patenta un libro»? Todos somos autores en potencia con un bolígrafo y una servilleta en mano.Los Derechos de Autor normalmente están relacionados con derechos de autoría de las personas y no es obligatorio que sean explotados económicamente para que se mantenga su protección, además tampoco requieren hacer ningún trámite de registro, aunque es recomendable a efectos de prueba.
¿Qué es un derecho de marcas y patentes o un derecho de propiedad industrial?
En cambio los Derechos Industriales tienen que ver con los Derechos de Empresa o vinculados con esta, son los más idóneos para obtener dinero y se pierden por no exportarlos económicamente.
Si ya tienes claro que es industrial y que autoría, sigamos. Dentro de las Diferencias entre Derechos Industriales e Intelectuales hay varios subtipos de propiedades y derechos intangibles. Dentro de los industriales destacan las Marcas y Patentes.
- Las patentes refieren siempre a algo científicamente novedoso, en cambio la marca es un símbolo o concepto que queremos trabajar y proteger de otros como logo, lema, producto o nombre de empresa.
- Las marcas a diferencia de las patentes tienen un precio muy accesible y merecen la pena si el proyecto es medíamente serio por el peligro que conlleva que nos roben la marca y perdamos todo el trabajo de marketing realizado. El precio de la marca sigue unas tasas estatales oficiales y no valen lo mismo para un país que para varios.
La Estrategia de protección depende de la envergadura y el proyecto.
Los Derechos industriales hay que registrarlos siempre y los Derechos intelectuales no es necesario registrarlos en el Registro de la Propiedad Intelectual.El Derecho intelectual se tiene siempre por defecto.
Podemos registrar una marca o patente solo en unos países concretos y más adelante ampliar a un mayor número de zonas en función de la estrategia empresarial y los recursos de la empresa y competencia.
Los Derechos Industriales son bastante más complejos, la marca es fácil de proteger porque requiere a una imagen y unas palabras claves o de nombre propio…Solo hay que velar porque no se usen sin nuestro consentimiento.
Dentro de los Derechos Industriales en lo que a las patentes refiere, hay que probar que son una invención nueva…Uno no puede ir y decir que como la rueda no está patentada la va a patentar…A día de hoy es una locura la cantidad de cosas que se pueden patentar, se patenta la vida e incluso el software se permite en unos países y en otros no.
No es lo mismo copiar una marca de ropa, que la marca de una desarrolladora de turbinas acuáticas en depuradoras y por lo tanto el nivel de protección varía. Los acuerdos internaciónales permiten registrar en varios países y zonas económicas simultáneamente, aunque el precio puede ser excesivo para una pequeña Pyme. Por ello, es fundamental incorporar la parte legal en el proyecto de negocio.
Para la turbina, proteger la marca puede que te sea indiferente en tanto que son poco los compradores de turbinas, pero sí que va a ser fundamental obtener la patente de protección ya que posiblemente el tiempo de desarrollo e investigación haya conllevado muchos años, y la base del negocio es tener la exclusividad en la fabricación de ese modelo. Cúando hay competencia en el Sector la marca es indispensable, cuando no hay competencia o no añadimos valor intangible al producto la marca no tiene sentido.
Los Derechos de autor en cambio son gratuitos, son un derecho que todo creador tiene en prácticamente cualquier lugar del mundo por el mero hecho de haber creado algo. Una buena prueba de autoría facilita la identificación de la autoría de la obra y agiliza el proceso de cara a una Reclamación privada o judicial en caso de no desistir en sus acciones. Los derechos intelectuales se pueden probar maneras muy distintas, aunque lo más conveniente (Ni caro, ni barato si valoras tu salario/hora) es acudir al Registro público.
Distinto es que los derechos intelectuales se registren con el fin de facilitar la prueba de que tú eres el único dueño y no están plagiando tu web o tu diseño. (Solo por eso se utilizan los Registros Públicos).
Conclusiones sobre las Diferencias entre Derechos Industriales e Intelectuales
Esperamos que haya sido claro, no es fácil hacerlo en pocas líneas. Se nos han quedado muchas cuestiones en el teclado y hacer una referencia a la protección legal del Software.
Me quedado con todas las ganas de que hables de los Diseños Industriales, estoy estudiando Ingeniería y andamos ahora con estos temas
No creo que hagamos de momento un post de Diseños Industriales, pero si tienes algún problema preguntanos…En cualquier caso en las Leyes de Marcas y de Propiedad Intelectual vas a encontrar todo lo que necesitas sabes…No son muy extensas aunque hay que prestar atención a los detalles…Un saludo